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jueves, 5 de enero de 2012

Régimen General

Rentas Tercera Categoría
El Impuesto a la Renta de Tercera Categoría grava la renta obtenida por la realización de actividades que desarrollan las personas naturales y jurídicas.
Algunas actividades que generan rentas gravadas con este impuesto son:
a) Realización de actividades que constituyan negocio habitual, comercial, industrial, minera, explotación agropecuaria, forestal, pesquera y recursos naturales; servicios comerciales, financieros, industriales, transportes.
b) Las generadas por: 
Corredores de seguros y comisionistas mercantiles.
Rematadores y Martilleros
Notarios
Ejercicio en asociación o sociedad civil de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio.